Moneda conmemorativa

Se acuñaría moneda conmemorativa en honor a veteranos

Conmemorativa y honores a los veteranos
 |  Redaccion  |  Honores

Los senadores Guido Echeverry y Jairo Alberto Castellanos son los autores de una iniciativa legislativa radicada en Senado que autoriza al Banco de la República para emitir y disponer la acuñación  de una moneda metálica de curso legal con fines conmemorativos o numismáticos para los veteranos de la Fuerza Pública.

La moneda legal para los veteranos de la Fuerza Pública conmemora el día del veterano establecido en el art. 8  de la Ley 1979. Dicha norma establece como día cívico del Veterano el 10 de octubre de cada año, con el fin de que su memoria sea honrada.  El día se remite a la fecha en que las tropas patriotas entraron a la ciudad de Cartagena para hacer efectiva la rendición del ejército español e izar por primera vez la bandera de Colombia en los diferentes baluartes y murallas de la ciudad.

Según el artículo 2 de la ley 1979 de 2019, se define como Veterano, los miembros de la Fuerza Pública con asignación de retiro, pensionados por invalidez y quienes ostenten la distinción de reservista de honor. 
También son veteranos todos aquellos que hayan participado en nombre de la República de Colombia en conflictos internacionales. 

Finalmente, se incluye aquellos miembros de la Fuerza Pública que sean víctimas en los términos del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011 (Ley de víctimas), por hechos ocurridos en servicio activo y en razón en ocasión del mismo. 

Se trata del Proyecto de Ley 166 de 2023 Senado y fue repartido a la comisión Segunda.

El Diario Electrónico | Nº 6238

Consulte: PL 166-23 Moneda Metalica



© All rights reserved. Powered by YOOtheme.
Back to Top